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Solicitamos aplazamiento de la Junta Directiva extraordinaria de Metrosalud, convocada para el 12 de septiembre de 2022

  • Comunicados

Medellín, 09 de septiembre de 2022

Señores
JUNTA DIRECTIVA
ESE Metrosalud
Medellín

Asunto: SOLICITUD

Desde las organizaciones sindicales ASMETROSALUD, SINTRAOMMED y ANDEC, solicitamos aplazamiento de la junta directiva extraordinaria convocada para el 12 de septiembre de 2022, por el presidente de la misma, dado que las organizaciones sindicales consideramos de suma importancia las decisiones que se tomen en el proceso de reestructuración de la ESE Metrosalud, información que sólo recibimos el 06 de septiembre y no ha sido posible realizar la reunión de socialización, además análisis profundo por el volumen del estudio técnico y mucho menos se ha cumplido con las etapas previstas ante las organizaciones sindicales, tal como  lo indica el D. 498 de 2020, que establece que la ESE METROSALUD DEBERÁ adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de las modificaciones o actualizaciones, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior se fundamenta en:

“Decreto 498 de 2020 artículo 4

Parágrafo 3°, administración de publicar acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación numeral 8 artículo 8° la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración la adopción y expedición respectivo acto administrativo.»

(…)

Art 5

Parágrafo 2. La administración antes de la expedición del acto administrativo que adopta o modifica las plantas de empleos y de las estructuras de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional y su justificación, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de las modificaciones o actualizaciones, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo.»

 Las organizaciones sindicales somos responsables y garantes de los derechos de los trabajadores y como tal queremos asumir dicha responsabilidad. De no darse lo antes previsto, la administración estaría en curso de vulnerar derechos fundamentales.

Atentamente,

Juntas Directivas


LILIANA MARÍA OCHOA PALACIO
Presidenta Asmetrosalud

ROSA MACÍAS MONSALVE
Vicepresidenta Andec

CARLOS EDUARDO VÉLEZ ROJAS
Presidente Sintraommed

10 septiembre, 2022 Comunicaciones

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