Elección Delegados de Asmetrosalud
Período 2022 – 2025
Delegados Asmetrosalud
ORDEN JERÁRQUICO DE ASMETROSALUD
MÁXIMA AUTORIDAD:
La máxima autoridad de ASMETROSALUD será la Asamblea de Delegados, de la cual dependen en su orden:
a. La Junta Directiva.
b. La Comisión de Quejas y Reclamos.
c. Las Secretarías Estatutarias.
Como tal, la Asamblea de Delegados ejercerá todas las atribuciones que el Código Sustantivo del Trabajo y las demás que los Estatutos le asignen.
COMPOSICIÓN DE LA ASAMBLEA:
Esta se compondrá de la totalidad de los Delegados, los cuales serán reconocidos como principales legalmente elegidos y debidamente acreditados por ley.
ASAMBLEAS ORDINARIAS:
La Asamblea de Delegados se reunirá ordinariamente dos (2) veces en el año y extraordinariamente cuando sea convocada por ella misma, por la Junta Directiva, por el Fiscal o por la quinta parte de los socios o el 40% de los Delegados.
FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS:
- Elección de Presidente y Secretario para dirigir las sesiones de la Asamblea de Delegados.
- La elección de Junta Directiva para un período de tres (3) años.
- La modificación de los Estatutos.
- La fusión con otros sindicatos.
- La afiliación a organismos sindicales de segundo o tercer grado y el retiro de ellos.
- La sustitución en propiedad de los directivos que llegaren a faltar y la destitución de cualquier directivo, en los casos previstos por los Estatutos y por la Ley.
- La expulsión de cualquier afiliado.
- La fijación de las cuotas de afiliación y de las ordinarias y extraordinarias.
- La aprobación del presupuesto general.
- La determinación de la cuantía de la caución del tesorero.
- La asignación de sueldos.
- La refrendación de todo gasto que exceda del equivalente a cuatro (4) veces el salario mínimo legal mensual vigente, sin pasar del equivalente de diez (10) salarios, para su aprobación se requiere de quorum en la asamblea, y la mitad más uno de los delegados presentes.
- La refrendación por las dos terceras (2/3) partes de los votos de los delegados, de los gastos que excedan del equivalente a diez (10) veces el salario mínimo legal mensual vigentes, de parte de los delegados.
- La adopción de pliegos de peticiones, con las limitaciones establecidas en el Artículo 416 del Código Sustantivo del Trabajo.
- La elección de negociadores.
- La elección de árbitros.
- La votación de la huelga en los casos permitidos por la de Ley.
- Aprobar las resoluciones enviadas por la Junta Directiva.
- Fenecer los balances que presente la Junta Directiva.
- Designar los Delegados en su caso a los Congresos Sindicales.
- La disolución de la Asociación.