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La Comisión de Personal y las reclamaciones

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El tema y contenidos desarrollados en la presente cartilla (DESCARGAR CARTILLA EN PDF) sobre Comisiones de Personal, en relación con las competencias correspondientes a este órgano bipartito en las entidades públicas, previsto en el artículo 16 de la Ley 909 del año 2004, con la finalidad de proveer y garantizar espacios democráticos en el ámbito laboral, además de estimular la participación de los trabajadores en los asuntos de su interés, sin perder la perspectiva del servicio público y la misionalidad instituida como razón de ser de las entidades, inspiró la elaboración de la cartilla.

Los asuntos tratados y la metodología de preguntas identificadas como de mayor frecuencia por parte de quienes integran las Comisiones de Personal o de quienes acuden a las mismas, así como el propósito de proveer una respuesta sencilla y con remisión a las normas, jurisprudencia y doctrina que den mayor claridad, busca de manera pedagógica y en lenguaje simple, ayudar al cumplimiento de las responsabilidades que corresponden a las Comisiones de Personal.

Es importante facilitar la comprensión de los procedimientos de elección de los integrantes de las comisiones, evitando errores que vicien los procesos o postulaciones de servidores que no pueden ser candidatos, así como la claridad sobre aquellos casos excepcionales en los que servidores que no son de carrera administrativa, pueden postularse para integrar las comisiones o aquellos eventos en los que la reelección resulta viable para poder garantizar el fin de la norma, consistente en la existencia y operación de las Comisiones de Personal.

10 septiembre, 2021 Comunicaciones

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