RESOLUCIÓN  005 DEL 18 DE JUNIO DE 2025

 “Por medio de la cual se convoca y reglamenta la elección de delegados de Asmetrosalud para el periodo 2025-2028”

La Junta Directiva de Asmetrosalud, en uso de sus facultades estatutarias, en especial las establecidas en los artículos 8, 10, 11, 12 y 38 de los Estatutos vigentes de la Asociación y

CONSIDERANDO

  1. Que de conformidad con los Estatutos que rigen a Asmetrosalud, los delegados se eligen por periodos de tres años, al igual que la Junta Directiva, y de acuerdo al depósito de esta última junta ante el Ministerio de Trabajo, el periodo de la misma venció.

 

  1. Que el proceso se debe desarrollar de tal manera que garantice la participación de todos los afiliados, en absoluta transparencia, mayor eficacia y democracia durante todo el proceso electoral.

 

  1. Que por todo lo anterior se debe convocar a elección de delegados, definiendo una fecha única para las elecciones de delegados de la organización sindical.

 

  1. Que la Junta Directiva, realizada el pasado 11 de junio de 2025, fijó fecha para realizar la elección de delegados para el período 2025-2028.

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Convocar a elección de delegados para el período 2025-2028, el día 23 de julio de 2025.

Artículo 2. Expedir de conformidad con el artículo 11 de los Estatutos, el siguiente reglamento de Elecciones de delegados para este proceso:

 

Reglamento:

  1. La inscripción de las planchas de candidatos a esta elección deberá realizarse entre el 24 de junio al 01 de julio de 2025, en el horario de 8:00 a.m. a 5:00 m excepto el día sábado 28 de junio. La inscripción de planchas se hará en la sede de Asmetrosalud ubicada en la calle 50 # 51-29 edificio Banco de Bogotá oficina 410 y deberán ser tenidos en cuenta los siguientes requisitos:
    • Las Listas se inscribirán en formato oficial, en original y copia en la que debe constar, nombre y número de la cédula de cada uno de los miembros que conformarán la plancha y sus respectivas firmas.
    •  Ser miembro de la asociación
    • No ejercer cargos de manejo y confianza dentro de la empresa
    • Nadie podrá estar inscrito en dos planchas so pena de anular las dos listas.
  1. La modificación o retiro de listas se realizará entre el 2 y 4 de julio, en el horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Los números de las planchas se asignarán por medio de sorteo, el cual se realizará con representantes de las planchas el día lunes 7 de julio 2025 a las 4 pm, en la sede de la asociación.
  1. El día de las votaciones se contará con urna física. Las urnas físicas estarán ubicadas en cada una de las unidades hospitalarias y la sede administrativa Sacatin aunado a esto se dispondrá de (8) ocho urnas móviles para poder garantizar a los afiliados que trabajan en los diferentes centros de salud su derecho al voto.
  1. Todo afiliado para ejercer el derecho al voto deberá presentar el carné de la empresa o cédula de ciudadanía y estar a paz y salvo por cualquier concepto con la Asociación. Los afiliados deberán preferiblemente sufragar en la mesa de votación de la UPSS o punto de la red donde laboran. Excepcionalmente, lo podrán hacer en cualquier otro punto, previa confirmación con la asociación para su autorización, por parte del jurado.
  1. En cada puesto de votación se ubicarán dos jurados, en las urnas móviles un jurado externo a la asociación. Las votaciones estarán abiertas entre las 7:00 a.m. y las 3:00 p.m. en las Unidades Hospitalarias y Sede Administrativa Sacatín. Una vez cerrada la votación, los jurados procederán a realizar el reconteo, elaborando el acta de votación con la indicación del número de sufragantes y serán responsables del traslado de la urna hasta la sede de la Asociación, donde se realizará el escrutinio final, para las urnas móviles se realizará el preconteo y escrutinio al llegar a la sede de Asmetrosalud.
  1. Una vez en la sede, se procederá a abrir cada una de las urnas y realizar el escrutinio de votos, lo cual deberá coincidir con el acta de preconteo. De no ser así y presentarse un número mayor de votos, se tomará al azar el voto (s) sobrante y se destruirá sin ser abierto. En caso de no coincidir el número de sufragantes con los votantes, se dejará constancia de esta situación, registrándolas en la planilla general de votación. Una vez realizado el escrutinio se registrará en planilla y los votos serán archivados durante tres meses, en caso de presentarse alguna reclamación.
  1. Los delegados se escogerán por el sistema de cuociente electoral con el fin de garantizar la representación de los aspirantes.
  1. En el número total de votos serán tenidos en cuenta, los votos en blanco para el cuociente electoral, dividiéndose el resultado al final por el número de cargos de delegados a elegir. Los votos nulos por su parte no serán tenidos en cuenta.

Serán votos nulos los que señalen dos o más listas diferentes, se encuentren completamente en blanco o no permitan determinar la intención de voto del sufragante.

  1. Para el control y vigilancia del escrutinio se nombrará una comisión escrutadora integrada por representantes de las centrales obreras, federaciones u organizaciones sindicales y un representante de cada lista a las cuales se les solicitará colaboración previamente.

Artículo 3. De conformidad con el 387 del Código Sustantivo del Trabajo, reglamentado en el artículo 10 de los Estatutos, se elegirá un delegado por cada veinte (20) asociados y uno más por fracción de 15 asociados.

Artículo 4. Los jurados serán seleccionados por la Junta Directiva una vez se realice la planeación, garantizando la participación de los mismos y vigilando que no se presente conflicto de intereses al interior de la organización sindical, en un proceso transparente y democrático.

Artículo 5. Difúndase y publíquese la presente Resolución.

Dado en Medellín al 18 de junio de 2025.

 

 

Atentamente,

 

JUNTA DIRECTIVA ASMETROSALUD