A raíz de las consultas de nuestros Asociados, generadas por el Decreto 568, que hace referencia a un Aporte Solidario, para la emergencia generada por el Covid-19, nos permitimos publicar el CONCEPTO JURÍDICO emitido por el Abogado de nuestra organización sindical, Doctor Gustavo Fernández:
CONCEPTO JURÍDICO
1. El Decreto 568 del 15 de abril de 2020 es un decreto legislativo con fuerza de ley.
2. Éste decreto tiene 40 considerandos, y el considerando número 37 extrañamente de manera errada genera una motivación jurídica que puede inducir a error a los servidores públicos y especialmente a los pagadores.
3. Sin embargo, el artículo 9 de este Decreto, taxativamente decreta la forma como las personas naturales (contratistas y servidores públicos que perciban remuneración inferior a 10 millones de pesos) que voluntariamente quieran hacer el aporte, lo hagan, caso en el cual deberán manifestar dicha voluntad a su nominador.
CONCLUSIÓN
Es innecesario suscribir documento dirigido al nominador manifestando que no se desea realizar el aporte, dado que la naturaleza del Aporte Solidario Voluntario por el COVID-19 indica que este no se presupone, sino que para su materialización jurídica y económica se requiere de autorización expresa del Servidor Público.
ASMETROSALUD
Medellín, abril 18 de 2020